Derecho Administrativo.
Buenas
Noches alumnos y alumnas
Damos
comienzo a nuestra nueva instancia por aula virtual de la materia Derecho
Administrativo.
En las clases
anteriores fuimos repasando y realzando actividades varias en donde
buscábamos significados a elementos de la historia en donde cada uno
de ustedes fueron transcribiendo a sus carpetas o mediante formato Word. En el
día de la fecha vamos a ir incorporando conceptos que nos
servirán para ir desarrollando el resto de las clases.
TEMAS:
·
ETIMOLOGÍA
·
DERECHO ADMINISTRATIVO
·
DERECHO PUBLICO Y PRIVADO
Conceptualización
Seguramente en otras materias o en la vida cotidiana vivimos
momentos donde decimos, ¿qué significa?, ¿qué quiere decir? , la verdad no la
escuche nunca, son todas expresiones lógicas que veremos en el día a día, por
eso es importante que frente a cualquier incertidumbre o cuando
necesitamos conocer un poco más de lo que escuchamos es fundamental
verificar a que hace referencia esa palabra o ese concepto mediante algún
libro especifico, diccionario o cualquier plataforma de búsqueda.
Cuando deseamos conocer para luego saber debemos buscar en primera
parte la etimología de la palabra.
ETIMOLOGÍA: Se denomina etimología al
estudio del origen de las palabras individuales, de su cronología, de su
incorporación a un idioma, así como de la fuente y los detalles de sus cambios
de forma y significado.
Les dejo
un link que les servira de ayuda.
https://youtu.be/X9n-CRvoV5s
El derecho
administrativo (del latín ad "junto a", y ministrare,
"manejar las cosas comunes") es la rama del derecho público
que regula la organización, funcionamiento, poderes y deberes de la
Administración pública y las consiguientes relaciones jurídicas entre la
Administración y otros sujetos.
La palabra derecho deriva
de la voz latina directum, que significa «lo que
está conforme a la regla, a la ley, a la norma»
Derecho es el conjunto de normas, principios,
costumbres y concepciones jurisprudenciales y de la comunidad jurídica, de los
que se derivan las normas de organización de la sociedad y de los poderes
públicos, así como los derechos de los individuos y sus relaciones con
aquellos.
El término “administración”
proviene del latín, y es la conjunción
del prefijo “ad” que significa “hacia” o “dirección” y el sufijo “minister” el cual significa
“al servicio de” u “obediencia”, en fin, se refiere a la prestación de un
servicio a otro particular o para algún ente.
Fuente: https://concepto.de/administracion/#ixzz6JpGlpKW6
Fuente: https://concepto.de/administracion/#ixzz6JpGlpKW6
En primer lugar es
importante que recuerdes que el derecho positivo se divide en Derecho Público y
Derecho Privado.
En segundo
lugar, antes que comencemos con el desarrollo y la diferencia entre Derecho
Público y Privado es importante distinguir entre Orden Público y Derecho
Público.
A continuación graficaremos la diferencia entre ambos:
Después de
ver el anterior esquema podemos reforzar la idea que el Orden Público
constituye un conjunto de normas que protegen las relaciones o
instituciones, que por su importancia y efectos requieren de un tratamiento
legal especial. Una cuestión es de Orden Público cuando responde a un
interés general, colectivo, por oposición a la cuestión de orden privado, en
los cuales sólo juega un interés particular. Por ejemplo, en el Derecho de
Familia, de los Menores, el derecho del trabajo, por la importancia que tienen
los sujetos a quienes estos derechos protegen, requieren una mayor injerencia
del Estado, considerándose de Orden Público. Se trata de derechos
irrenunciables..
Después de
analizar la diferencia entre Orden Público y el Derecho Público, estamos en
condiciones, de adentrarnos en la diferencia de ambos derechos.
¿Cuál es la
diferencia entre derecho privado y público?
Podemos
decir que, el derecho privado, es el conjunto de normas jurídicas
que colocan a las personas en un mismo plano de igualdad. Por ejemplo, Pedro
vende un auto a Juan, entre ambos no hay una relación de subordinación,
se trata de voluntades coordinadas en que las dos partes se hallan en un plano
de igualdad. Si nace una obligación para una persona es porque la ha asumido
voluntariamente, pero no hay imposición unilateral de un deber como en el
Derecho Público.
Salvo
el Derecho Laboral en donde existe una subordinación entre empleador y trabajador,
tema que desarrollaremos en la materia de Legislación Laboral.
En cambio en
el derecho público se
establecen relaciones de subordinación entre las personas a las cuales se
dirigen. Un usuario de un servicio público queda subordinado a la acción del
Estado que obra para el cumplimiento de sus fines esenciales. Por
ejemplo al establecer el pago de impuestos, el Estado impone los montos de los
mismos y los ciudadanos deben pagarlos de forma obligatoria, el particular no
puede negociar con el Estado. Otro ejemplo que muestra la potestad del Estado
al establecer a través de la ley los castigos para alguien que comete un
delito. Esta distinción cada día se diluye y desdibuja los límites entre ambos.
El siguiente
cuadro muestra la diferencia entre Derecho Público y Derecho Privado, ambos se
desprenden del Derecho Positivo.
Les dejo
mi mail para consultas y/o manifestar sugerencias.
gabrielmvalenzuela@hotmail.com
Saludos y a cuidarse en casa y en familia.
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