jueves, 16 de abril de 2020

3º D Derecho Administrativo

Derecho Administrativo.

Buenas Noches alumnos y alumnas


Damos comienzo a nuestra nueva instancia por aula virtual de la materia Derecho Administrativo. 
En las clases anteriores fuimos repasando y realzando actividades varias en donde buscábamos significados a elementos de la historia en donde cada uno de ustedes fueron transcribiendo a sus carpetas o mediante formato Word. En el día de la fecha vamos a ir incorporando conceptos que nos servirán para ir desarrollando el resto de las clases.
TEMAS:
·         ETIMOLOGÍA
·         DERECHO ADMINISTRATIVO
·         DERECHO PUBLICO Y PRIVADO

Conceptualización
Seguramente en otras materias o en la vida cotidiana vivimos momentos donde decimos, ¿qué significa?, ¿qué quiere decir? , la verdad no la escuche nunca, son todas expresiones lógicas que veremos en el día a día, por eso es importante que frente a cualquier incertidumbre o cuando necesitamos  conocer un poco más de lo que escuchamos es fundamental verificar  a que hace referencia esa palabra o ese concepto mediante algún libro especifico, diccionario o cualquier plataforma de búsqueda. 
Cuando deseamos conocer para luego saber debemos buscar en primera parte la etimología de la palabra.
ETIMOLOGÍA: Se denomina etimología al estudio del origen de las palabras individuales, de su cronología, de su incorporación a un idioma, así como de la fuente y los detalles de sus cambios de forma y significado.

Les dejo un link que les servira de ayuda.
https://youtu.be/X9n-CRvoV5s

El derecho administrativo (del latín ad "junto a", y ministrare, "manejar las cosas comunes") es la rama del derecho público que regula la organización, funcionamiento, poderes y deberes de la Administración pública y las consiguientes relaciones jurídicas entre la Administración y otros sujetos.

La palabra derecho deriva de la voz latina directum, que significa «lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma»

Derecho es el conjunto de normas, principios, costumbres y concepciones jurisprudenciales y de la comunidad jurídica, de los que se derivan las normas de organización de la sociedad y de los poderes públicos, así como los derechos de los individuos y sus relaciones con aquellos.

El término “administración” proviene del latín, y es la conjunción del prefijo “ad” que significa “hacia” o “dirección” y el sufijo “minister” el cual significa “al servicio de” u “obediencia”, en fin, se refiere a la prestación de un servicio a otro particular o para algún ente.

Fuente: https://concepto.de/administracion/#ixzz6JpGlpKW6

En primer lugar es importante que recuerdes que el derecho positivo se divide en Derecho Público y Derecho Privado.
En segundo lugar, antes que comencemos con el desarrollo y la diferencia entre Derecho Público y Privado es importante distinguir entre Orden Público y Derecho Público.

 

A continuación graficaremos la diferencia entre ambos:




 Después de ver el anterior esquema podemos reforzar la idea que el Orden Público  constituye un conjunto de normas que protegen las relaciones o instituciones, que por su importancia y efectos requieren de un tratamiento legal especial. Una cuestión es de  Orden Público cuando responde a un interés general, colectivo, por oposición a la cuestión de orden privado, en los cuales sólo juega un interés particular. Por ejemplo, en el Derecho de Familia, de los Menores, el derecho del trabajo, por la importancia que tienen los sujetos a quienes estos derechos protegen, requieren una mayor injerencia del Estado, considerándose de Orden Público. Se trata de derechos irrenunciables..
Después de analizar la diferencia entre Orden Público y el Derecho Público, estamos en condiciones, de adentrarnos en la diferencia de ambos derechos.
¿Cuál es la diferencia entre derecho privado y público?
Podemos decir que, el derecho privado, es el conjunto de normas jurídicas que colocan a las personas en un mismo plano de igualdad. Por ejemplo, Pedro vende un auto a Juan, entre ambos no hay una relación de subordinación,  se trata de voluntades coordinadas en que las dos partes se hallan en un plano de igualdad. Si nace una obligación para una persona es porque la ha asumido voluntariamente, pero no hay imposición unilateral de un deber como en el Derecho Público.
Salvo el Derecho Laboral en donde existe una subordinación entre empleador y trabajador, tema que desarrollaremos en la materia de Legislación Laboral.
En cambio en el derecho público se establecen relaciones de subordinación entre las personas a las cuales se dirigen. Un usuario de un servicio público queda subordinado a la acción del Estado que obra   para el cumplimiento de sus fines esenciales. Por ejemplo al establecer el pago de impuestos, el Estado impone los montos de los mismos y los ciudadanos deben pagarlos de forma obligatoria, el particular no puede negociar con el Estado. Otro ejemplo que muestra la potestad del Estado al establecer a través de la ley los castigos para alguien que comete un delito. Esta distinción cada día se diluye y desdibuja los límites entre ambos.

El siguiente cuadro muestra la diferencia entre Derecho Público y Derecho Privado, ambos se desprenden del Derecho Positivo.





Les dejo mi mail para consultas y/o  manifestar sugerencias.

gabrielmvalenzuela@hotmail.com

Saludos y a cuidarse en casa y en familia.

       

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